201804.03
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SEGURIDAD VIAL

Los delitos contra la SEGURIDAD VIAL están regulados en los artículos 379 a 385 ter del CP. La reforma de la LO 1/2015 no ha reformado éstos delitos teniendo afectación de forma indirecta a través de otras instituciones como el decomiso. En Muntada Advocats defendemos asuntos de conducción de vehículo de motor o ciclomotor a velocidad superior a sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente. También en asuntos de conducción de abogado defensa delitos conducciónvehículo de motor o ciclomotor bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o de bebidas alcohólicas; conducción con temeridad manifiesta y con concreto peligro a la vida o la integridad de las personas; delito de negarse a someterse a las pruebas legalmente establecidas para la comprobación de las tasas de alcoholemia y la presencia de drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas. Conducción en los casos de pérdida de vigencia del permiso o licencia por pérdida total de puntos asignados legalmente.